En el marco de la hoja de ruta del ministro de Economía, Sergio Masa, la Secretaría de Comercio estableció aumentos en las multas para empresas y comercios que no cumplan con lo acordado voluntariamente en el programa Precios Justos. El objetivo es ponerle una sanción económica a los especuladores que abusan de los precios de los alimentos con el fin de garantizar previsibilidad en la economía de las familias argentinas. Las multas podrán alcanzar un máximo de hasta 71 millones de pesos.

Con el objetivo de garantizar el cumplimiento de Precios Justos, la Secretaría de Comercio estableció multas de hasta $71 millones para supermercados minoristas y mayoristas que no cumplan con lo acordado de forma voluntaria.

La medida se formalizó a través de la Resolución 12/2023 publicada en el Boletín Oficial donde se establecieron los rangos de multas previstos en los convenios de colaboración entre la Secretaría de Comercio y los municipios de las diversas provincias que contribuyan en las actividades de fiscalización y control de Precios Justos.

Desde el área que conduce Tombolini se apunta a multar económicamente a quienes abusan e incumplen de los acuerdos voluntarios que tienen como objetivo llevar orden en los precios y alivio a la mesa de los argentinos.

Además, el endurecimiento de las penas parte de una modificación puntual que se realizó en el Presupuesto 2023 a la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240.

A través de la Ley de Presupuesto de este año se dispuso un aumento de hasta 4.200% en dichas multas, tomando ahora como parámetro -ajustable a la inflación- la Canasta Básica Total (CBT) para el Hogar 3 que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (Indec).

La legislación vigente calibra las sanciones a un equivalente entre 0,5 y 2.100 Canastas Básicas Total (CBT) que mide el INDEC para un un hogar compuesto por matrimonio y tres hijos menores, cuya última medición de diciembre fue de $121.420.

De esta forma, la máxima multa a aplicar es de unos $47 millones para el caso de un mayorista que venda por encima de los precios que establece el acuerdo. Las multas se aplicarán cuando las empresas incumplan con los acordados voluntariamente en el programa Precios Justos.

La resolución, también, fija multas para el caso de los productos no alimenticios, diferenciando entre “tiendas” y “supertiendas” de dichos productos, al igual que sus plataformas web, y aplicando el mismo porcentaje de incremento en el caso de reincidencias.

En el caso de la primera reincidencia, las multas se podrán incrementar en un 40%, mientras que si se incumple por segunda vez podrán aumentarse hasta un 100%, llegando así hasta los $71.394.840 en el caso de los mayoristas.

Cabe recordar que el programa ofrece unos 2.000 productos con precios fijos y otros 30.000 que tiene un tope de ajuste mensual, desplegados en comercios de todo el país buscando lograr capilaridad en la llegada. Además de alimentos y bebidas en las últimas semanas se amplió a zapatillas y ropa.

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